REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 31 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-000670
ASUNTO : LP01-P-2005-000670


Visto el escrito presentado por la abogada VIRGINIA MOLINA GUTIERREZ, asistiendo al solicitante de autos JORGE LUIS MOLINA MARQUINA ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número 13.804.007, domiciliado en Mérida y civilmente hábil, y en virtud del cual solicita la entrega material del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO SILVERADO, PLACAS 65B MAK, COLOR VERDE y PLATA, CLASE CAMIONETA, TIPO PICK- UP, USO CARGA, SERIAL DE CARROCERIA 8ZCEK14T82V347979, SERIAL DE MOTOR 82V347979, AÑO 2002, USO CARGA, propiedad presunta de este según se intenta comprobar con los fotostatos que consigna por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de Mérida, lo que hace que para resolver el Tribunal tenga que hacer las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Los fotostatos consignados por el solicitante que corren agregados a los folio 06,07,08, no pueden ser considerados como suficientes para acreditar la titularidad de propietario del vehículo solicitado en entrega.
SEGUNDO: La certificación que corre agregada al folio 10 expedida por la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, sus sellos no coincide con los sellos de los fotostatos que se pretenden hacer valer como titulo de propiedad, pues los sellos que se encuentra estampados en los fotostatos son del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Brigada de Vehículos.
TERCERO: El titulo de propiedad expedido por el Ministerio de Infraestructura que corre agregado al folio 19, se encuentra a nombre de una persona que se llama ANTONIO JOSE SARMIENTO BRICE#O, que no es la misma del solicitante.
Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Uno de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, NIEGA la entrega del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO SILVERADO, PLACAS 65B MAK, COLOR VERDE y PLATA, CLASE CAMIONETA, TIPO PICK- UP, USO CARGA, SERIAL DE CARROCERIA 8ZCEK14T82V347979, SERIAL DE MOTOR 82V347979, AÑO 2002, USO CARGA, por cuanto el solicitante no consigna documento en original de adquisición, o en su defecto copia certificada debidamente expedida por la oficina correspondiente, Y ASI SE DECIDE CÚMPLASE. TERCERO: Se ordena agregar a las actuaciones fiscales la presente solicitud y corregir la foliatura Y ASI SE DECIDE CÚMPLASE.
EL JUEZ DE CONTROL NÚMERO UNO.



ABOGADO RAÚL EDUARDO USECHE PERNÍA.
LA SECRETARIA DE CONTROL NÚMERO UNO.



ABOGADA SOBEYDA DEL CARMEN MEJIAS CONTRERAS.
EN FECHA DE MARZO DE 2005, SE LIBRO BOLETAS DE NOTIFICACIÓN DE NÚMERO , , , , ,