REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 31 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-S-2004-003247
ASUNTO : LP01-S-2004-003247
Visto los escritos presentados por el ciudadano SAAB AKAB, ya antes identificado, en virtud de los cuales de manera reiterada solicita la entrega material del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO TRAIL BLAZER 4X4, AÑO 2003, COLOR GRIS, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, PLACASHAC05C, SERIAL DE CARROCERIA 8ZNDT13S23V327711,SERIAL DE MOTOR 23V327711,USO PARTICULAR, entrega esta que ya fue negada tanto por el Ministerio Público, como por este mismo Tribunal, en dos oportunidades anteriores, por cuanto existe contradicción entre lo alegado mediante actas por parte de La Guardia Nacional de Venezuela las cuales corren agregadas a los folios 08,09,10,11,12,14,19, y 20 en virtud de las cuales se determina que el vehículo identificado se encuentra con estatus de SOLICITADO por ante la delegación policial del Cuerpo de investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, de Los Teques Estado Miranda, según expediente número G-672877 de fecha 07 de Abril de 2004, y el acta del Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas Delegación Mérida que corre agregada al folio 25, suscrita por el funcionario policial GERSON ESCALANTE, quien determina que el vehículo identificado no presenta estatus de SOLICITADO, lo que nace en criterio de quien aquí decide, una duda razonable para determinar con precisión si el vehículo no se encuentra in curso o relacionado con algún hecho delictivo, que impida la entrega del mismo, y por cuanto tal circunstancia no la vio el Ministerio Público, de manera oportuna, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Uno de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, NIEGA la entrega del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO TRAIL BLAZER 4X4, AÑO 2003, COLOR GRIS, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, PLACASHAC05C, SERIAL DE CARROCERIA 8ZNDT13S23V327711,SERIAL DE MOTOR 23V327711,USO PARTICULAR, por cuanto existe contradicciones en el estatus legal del mismo, Y ASI SE DECIDE CÚMPLASE.
SEGUNDO: Se ordena de oficio solicitar información al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas Delegación Mérida que corrobore, ratifique o rectifique la información de la experticia que corre agregada al folio 25 de la presente causa para determinar con exactitud el verdadero estatus legal del vehículo identificado, diligencia esta que ha debido ser realizada por El Ministerio Público, como órgano de investigación que es, Y ASI SE DECIDE CÚMPLASE. TERCERO: Se ordena agregar las actuaciones fiscales a la presente solicitud y corregir la foliatura, Y ASI SE DECIDE CÚMPLASE.
EL JUEZ DE CONTROL NÚMERO UNO.
ABOGADO RAÚL EDUARDO USECHE PERNÍA.
LA SECRETARIA DE CONTROL NÚMERO UNO.
ABOGADA SOBEYDA DEL CARMEN MEJIAS CONTRERAS.
EN FECHA DE MARZO DE 2005, SE LIBRO BOLETAS DE NOTIFICACIÓN DE NÚMERO , , , , ,
LA SIRIA.