REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NRO. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, nueve (09) de Marzo del año dos mil cinco (2.005). 194° y 145°
ASUNTO PRINCIPAL: LP01-P-2002-000337
ASUNTO: LP01-P-2002-000337
AUTO DE REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE CÓMPUTO DE PENA
Por cuanto se observa que al folio (155) de las actuaciones, consta escrito recibido por éste Tribunal en fecha 03-3-2.005, en el cual el Defensor Pública Penal Nro. 05; Abogado JESUS BRICEÑO, solicitó a éste Tribunal la realización de un cómputo actualizado de pena, a los fines de determinar a ciencia cierta el tiempo de pena que le falta por cumplir, por lo que éste Juzgado de Ejecución, previa verificación de la fecha relacionada con la detención del penado JESUS ANTONIO TORO PEREZ, de conformidad con el Ultimo Aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a efectuar la revisión y actualización del cómputo de la siguiente forma:
PRIMERO: El penado JESUS ANTONIO TORO PEREZ, fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio nro. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, según sentencia definitiva publicada en fecha 24-3-2.003, a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 6, Ordinales 1°, 2°, 3° y 8° ejusdem, más las penas accesorias de Ley correspondientes. (Folios 52 al 55).
SEGUNDO: Por otra parte, se evidencia de las actas que el penado JESUS ANTONIO TORO PEREZ, resultó aprehendido en fecha 07-12-2.002, permaneciendo detenido desde entonces hasta la presente fecha (09-3-2.005), por lo cual ha estado privado de su libertad por un tiempo total de: DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y DOS (02) DÍAS.
TERCERO: En consecuencia, tomando en consideración el tiempo efectivo de detención, de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, tiene un total de pena cumplida hasta la presente fecha de: DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y DOS (02) DÍAS, faltándole por cumplir hasta el día de hoy un remanente de pena de: DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS. El penado terminará de cumplir la condena de presidio impuesta el día siete de Diciembre de dos mil siete (07-12-2.007) a las 12:00 de la medianoche, cuya mitad (1/2) de la pena de: DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES será cumplida el día siete de Junio de dos mil cinco (07-6-2.005).
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACTUALIZA EL CÓMPUTO DE PENA correspondiente al penado JESUS ANTONIO TORO PEREZ, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, estudiante, nacido el 02-2-84, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.129.060, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482, Último Aparte del Código Orgánico Procesal Penal; constatándose que éste tiene un total de pena cumplida de: DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y DOS (02) DÍAS, faltándole por cumplir hasta el día de hoy un remanente de pena de: DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS. El penado terminará de cumplir la condena de presidio impuesta el día siete de Diciembre de dos mil siete (07-12-2.007) a las 12:00 de la medianoche.
Notifíquese al Ministerio Público, al Defensor Público Penal Nro. 05; Abogado JESUS BRICEÑO y al penado, enviándole a éste último copia certificada de esta decisión. Remítase con oficio copia certificada de esta decisión a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, donde actualmente se encuentra recluido el penado, a los fines legales consiguientes. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
El Juez Titular de Ejecución Nro. 01
Abog. HUGO RAEL MENDOZA
La Secretaria
En fecha__________, se libró oficio nro._____________ y Boletas de Notificación Nros.___________________.
La Secretaria