REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 21 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-1999-000342
ASUNTO : LL01-P-1999-000342

Vista el contenido del oficio N° 486, de fecha 08-03-05, en el que la Licenciada CARLINA MARMOLEJO DE GARCÍA, informó a este Despacho que el penado JOSÉ ALBERTO CHACÓN CHACÓN, está cumpliendo con las condiciones que le impuso el Tribunal para otorgarle la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por lo antes expuesto este Tribunal ACUERDA, mantener al mismo el citado beneficio. Y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. En consecuencia notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO

LA SECRETARIA

ABG. ________________________.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron boletas de notificación N° 81597 al 81599/05.


LA SRIA,