REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 4 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LK01-P-2001-000066
ASUNTO : LK01-P-2001-000066

Vista la solicitud de permiso procedente de la Dirección del Centro de Pernocta "JOSÉ MARÍA OLASO" del Estado Mérida, mediante el cual el penado HÉCTOR RAMÓN MONSALVE RIVAS, titular de la cédula de identidad N° 8.013.520, quien se encuentra bajo la Fórmula Alterna de Cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, requiere permiso para la temporada de Semana Santa, es decir, para los días 24 al 27 de Marzo del año en curso, a los fines de compartir dicha temporada con sus familiares en la siguientes dirección: HOYADA DE MILLA, PASAJE SAN ANTONIO, N° 137, MÉRIDA; este Tribunal en atención a tal requerimiento, acuerda conceder dicho permiso, quien deberá regresar a pernoctar a primera hora de la mañana del día LUNES VEINTIOCHO DE LOS CORRIENTES (28-03-2005), debiendo la Dirección de dicha Institución, informar a este Tribunal de inmediato, sobre el ingreso del prenombrado penado a ese Centro en la fecha antes indicada. Y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 2,

ABG. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO

LA SECRETARIA,

ABG.
En la misma fecha se oficia con el N° 27.666-05.-

LA SRIA.,
marbella.