REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 4 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-1999-000147
ASUNTO : LL01-P-1999-000147


Por cuanto se observa que el penado JOSÉ AGAPITO ZAMBRANO RUJANO, cedula de identidad N° 1.247.686, terminó el tiempo que le fue fijado por el Tribunal para cumplir con la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, este Tribunal de conformidad con el articulo 279 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA, extinguida la Responsabilidad Criminal del mismo, y consecuencialmente la pena que le fue impuesta en la sentencia de fecha 21/05/1999, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Penal del Estado Mérida. En consecuencia remítase la causa al archivo judicial una vez que estaen consignadas las boletas de notificación, y dese por terminada en el Sistema automatizado JURIS 2000, así se decide en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,

ABG. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO.

LA SECRETARIA,

ABG.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
SRIA.-