REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 30 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-2002-000064
Visto el oficio N° 42-05, suscrito por la Abg. María Astudillo, en su condición de Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 2 de la Región Capital, mediante el cual solicita una transferencia a la ciudad de Mérida del penado Jesús Alberto Salazar Méndez, quien actualmente se encuentra gozando de la medida de libertad condicional en la ciudad de Caracas, en razón a que el mismo presenta problemas severos de consumo de droga y sus ingresos económicos no son suficientes para cubrir sus necesidades básicas, además de tener en la ciudad de Mérida el apoyo familiar que necesita, este Tribunal de Ejecución acuerda tal transferencia. En consecuencia, el penado deberá continuar su régimen de prueba por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región Andina.
Notifíquese a la defensora del penado, abogada María Eugenia de Pacheco, Defensora Pública N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al Ministerio Público y al penado Jesús Alberto Salazar Méndez. Ofíciese a la abogada María Astudillo, Jefa de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 2 de la Región Capital, ubicada en el Edificio París, piso N° 3, La Candelaria, Caracas, teléfonos 0212-5724380, y a la Jefa de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región Andina, a los fines de participarle el contenido de la presente decisión. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3
Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria.
Se libraron boletas de notificación N° ________________________y oficios N° ________________________, dándole cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria.