REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA
EXTENSION EL VIGIA
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecucion N° 01
El Vigia, 29 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-1999-000080
ASUNTO : LL11-P-1999-000080
Vistos: Que cursa en el presente asunto al folio 521, oficio sin número de fecha 22-03-05, procedente de la ABG. YADIRA UREÑA CHACON, la cual solicita computo de pena, a esta Instancia Judicial una vez revisada el expediente, considera Procedente y ajustado a derecho ACORDAR: Realizar el computo de la Pena al Sentenciado JOSE DOLORES QUINTERO VILLAREAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal; En consecuencia realicese el Computo de Pena, en los siguientes términos: El Penado JOSE DOLORES QUINTERO VILLAREAL, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 4.698.153, quien fue condenado, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, fue detenido en fecha 01-05-1993, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la fecha en que se elaboro el computo es decir, al 29-03-2005, por un lapso de TRES (03) MESES, VENITIOCHO (28) DIAS Y DOCE (12) HORAS, le da un total de la pena cumplida con redencion de QUINCE (15) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS Y DOCE (12) HORAS, y por cuanto fue condenado a cumplir pena de VEINTITRES (23) AÑOS DE PRESIDIO, se observa, que para el 29-03-2005, le faltaba un remanente de pena por cumplir de SIETE (07) AÑOS, SEIS (06) MESES, TRES (03) DIAS Y DOCE (12) HORAS, la cual terminara de cumplir salvo algun beneficio en fecha Tres de Octubre del Dos Mil Doce (03-10-2012), al mediodía . Y ASI SE DECIDE. Por tal motivo se ACUERDA: librar boleta de Notificación a la Defensa y al Fiscal XIII del Ministerio Público. Cumplase.
JUEZ DE EJECUCION N° 01
ABG. CARMEN AIDA VELAZQUEZ MALDONADO
SECRETARIA