REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL L.O.P.N.A

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01 SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dieciséis (16) de marzo de dos mil cinco (2005).

194º y 146º

CAUSA JO1-U314-04.

ASUNTO: DEVOLUCIÓN DE OBJETOS.

JUEZA: ABG. CRISEL DEL VALLE GONZALEZ AVILA.
FISCAL: ABG. SANDRA LILIANA MACCHUIARULO.
DEFENSA: ABG. ANA JULIA MORA.
ACUSADO: SE OMITEN LOS DATOS CONFORME AL ARTÍ 545 DE LA LOPNA.
VICTIMA: SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIPRICA).


VISTOS: Riela al folio ochenta y uno (81) y su vuelto escrito presentado por el ciudadano LIEBAN ORANGEL CONTRERAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.020. 857, empresario, de este domicilio ,debidamente asistido por la abogada ENZA RANDAZZO, inscrita en el IMPREABOGADO bajo el Nº 38.985, en el cual en el carácter de Presidente de la empresa SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIPRICA), solicita se les entregue el arma y ésta se entregada a la prenombrada abogada, este Tribunal para decidir observa:
En fecha 14 de marzo del 2005, en la Acta de Audiencia de Juicio Oral y Reservada (Folio 76 y 77), la representante de la victima SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIPRICA) ABG. ENZA MARIA RANDAZZO INGLISA , consigna copia simple de la factura Nº 02242, en la cual acredita que la Escopeta cuyas características son las siguientes: Marca: Canaima; SERIAL: 58375; es propiedad de su representado y solicita la entrega respectiva.
Riela a los folios ochenta y dos (82) al ochenta y seis (86), Acta Constitutiva de la Empresa SERVIPRICA y las Actas de Asambleas Ordinarias signadas con los Nos. 11 y 12,
en las cuales previa revisión minuciosa de las mismas se evidencia: 1) a) El presidente tiene la facultad de comprar, vender, permutar o en cualquier forma enajenar y/o gravar bienes de cualquier naturaleza propiedad de la compañía;b) ejercer la plena representación de la Compañía; c) El Presidente durará tres (3) años en sus funciones; d) El Presidente puede constituir apoderados judiciales. 2) En fecha 18 –10-2002, por Acta de Asamblea Nº 11, se ratifico en el cargo de Presidente al ciudadano LIEBAN ORANGEL CONTRERAS ROJAS, antes identificado . 3) En fecha 18-10-2003, por Acta de Asamblea Nº 12 , se aprueba los Estados Financieros de la citada Empresa y se comisiona a la ABG. ENZA MARIA RANDAZZO INGLISA , para que realice los tramites respectivos de registros.
De los recaudos presentados se evidencia que el ciudadano LIEBAN ORANGEL CONTRERAS ROJAS, se encuentra debidamente acreditado para ejercer la representación de la Empresa, ya que fue debidamente autorizado por el Acta Constitutiva Estatutaria y aunado a ello fue ratificado para desempeñar el cargo de Presidente; pero es el caso que la ciudadana ABG. ENZA MARIA RANDAZZO INGLISA, no ha acredita ningún poder por el Presidente de la Empresa para ejercer la respectiva representación legal y por ende no se encuentra debidamente acreditada.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, autoriza la entrega de la escopeta solicitada al ciudadano LIEBAN ORANGEL CONTRERAS ROJAS, en su carácter de Presidente de la Empresa SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIPRICA) con la obligación expresa de presentarla toda vez que sea requerida. Notifíquese a las partes. Líbrese Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. CUMPLASE. ------------------------------------------------------------------------------


LA JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1 .
SECCION DE ADOLESCENTES.

ABOG. CRISEL DEL VALLE GONZALEZ AVILA.

LA SECRETARIA.

ABOG. MARIELA PATRICIA BRITO.

En la misma fecha y conforme al auto que antecede se libró boletas de notificación Nos.______________y Oficio Nº


LA SECRETARIA.

ABOG. MARIELA PATRICIA BRITO.

CGA/MPB