REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
REPÚBLICA BOL1VARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, once (11) de Abril del año dos mil cinco (2.005).-
194° y 146°
Vista la Solicitud de Homologación presentada por la Abogada EDDYLEIBA BALZA PEREZ, Fiscal Novena de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en representación del ciudadano niño MIGUEL ANGEL JEREZ GONZALEZ, del Acuerdo celebrado entre los ciudadanos JOSE ISRAEL JEREZ VALERO e ISOLINA GONZALEZ AZUAJE, venezolanos, mayores de edad. solteros, agricultor el primero y obrera la segunda, con cédula de identidad Nros V–11.465.734y V–10.109.398, en su orden, domiciliados el primero en Pueblo Llano, sector La Culata, frente a la carretera La Montañita, cerca de la Cooperativa El Frailejón, s/n Estado Mérida y la segunda en Sector La Hoyada de Milla, Pasaje Calderon, N° 1-52 Mérida Estado Mérida, sobre la fijación de Obligación Alimentaría a favor del niño MIGUEL ANGEL JEREZ GONZALEZ, con fundamento en los artículos 8, 375 y 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente y los recaudos acompañados a la solicitud como, Partida de Nacimiento del niño, y copia de las Cédulas de Identidad de sus progenitores, Ut supra identificados, y que fuera celebrado por ante el Ministerio Público, Fiscalía Novena de Protección del Niño, El Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo los siguientes términos:
“En la oportunidad de la conciliación, el ciudadano JOSE ISRAEL JEREZ VALERO ofreció fijar la Obligación de Alimentos a favor de su hijo, en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS MENSUALES (Bs. 50.000,oo), que pagará en los dias últimos de cada mes más Dos Bonos Especiales, por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 50.000.oo) a pagar en los meses de octubre y diciembre de cada año, además de ofrecer el incremento anual 10% sobre la base de la mensualidad y Bonos Especiales”
En consecuencia, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 5, 315, 375, 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes JOSE ISRAEL JEREZ VALERO e ISOLINA GONZALEZ AZUAJE, sobre la FIJACIÓN de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA a favor del niño MIGUEL ANGEL JEREZ GONZALEZ, de tres (03) años de edad, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, por aplicación analógica del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, Sellada, Firmada Y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los once (11) días del mes de Abril del año dos mil cinco (2005).- Año 145° de la Independencia y 194° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO, EL SECRETARIO,
ABG. YULIO J. SOLORZANO R. ABG. HUGO CONTRERAS DELGADO
n esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se público la anterior decisión siendo las once de la mañana (11: 00 a.m.).-
CONTRERAS DELGADO SRIO.
YJSR/hocd/mb.-
SOLICITUD N° 2252