REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 03. MÉRIDA, VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL CINCO.------------------------------------------------------------------------
195º y 146º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia que precede al presente auto suscrita por la ciudadana abogada BETTY COROMOTO PEÑA VERA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 70.171, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana JOSÉ GONZÁLEZ FLORES, en la cual solicita el cierre del presente expediente; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de Disminución de Pensión de Alimento, signada con el Nº 0484, demandante: JESÚS ALBINO GONZÁLEZ FLORES, Demandado: CLAUDIA EULALIA PINEDA, FECHA DE ENTRADA: 05 de Septiembre de 2.000, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO Nº 03
ABOG. YOLANDA DEL CARMEN VIVAS GUERRERO
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.
LA SRIA.
Jaa
EXP. 0484