TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO. Nº 02. Mérida, Veintisiete (27) de Mayo del año dos mil Cinco.-
195º y 146º
Revisado como ha sido el expediente y por cuanto se evidencia que en fecha diecinueve (19) de Diciembre del Año dos mil tres fue dictada Medida de Protección de Colocación Familiar y Representación Legal a favor de la adolescente DIANA KARINA ROJAS RIVERA, en el hogar de sus abuelos maternos NORA ALBA DUGARTE Y RIVERA JIMÉNEZ MANUEL, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 08330. SOLICITANTE: DUGARTE NORA ALBA, RIVERA JIMÉNEZ MANUEL. ADOLESCENTE: ROJAS RIVERA DIANA KARINA. MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCIÓN. Fecha de Entrada: 29-10-2003. CÚMPLASE.
LA JUEZA PROVISORIO DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
JV/8330.-