REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMENO COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Mérida, dieciséis (26) de mayo de 2005
195º y 146º

EXP. LP21-L-2005-000121

PARTE ACTORA: MARÍA MERCEDES ROJAS DE GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad 8.015.790, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: NÉSTOR JOSÉ SAMBRANO LINARES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 50.934, de este mismo domicilio.
PARTE DEMANDADA: EL FOGÓN ANDINO, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 25 de junio del año 1996, cuyo representante legal es la ciudadana PAULA ROSA SANTIAGO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.020.404, e este mismo domicilio.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JAVIER SEGUNDO PARRAGA BAPTISTA venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 89.461, de este mismo domicilio.

MOTIVO: DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

ACTA DE DESISTIMIENTO

En el día hábil de hoy dieciséis (16) de mayo del año dos mil cinco (2005), siendo las once de la mañana (11:00 a.m) día y hora fijada por este Tribunal, para llevar a efecto la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se anunció el acto previo pregón de ley dado por el alguacil en la puerta del Tribunal, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte DEMANDANTE en el presente juicio, ni por si ni por medio de apoderado alguno, se encuentra presente la parte DEMANDADA, ciudadana PAULA ROSA SANTIAGO GONZÁLEZ, y su apoderado judicial JAVIER SEGUNDO PARRAGA BAPTISTA, acarreando como consecuencia el efecto jurídico previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión. Años: 194º de la Independencia y 145° de la Federación.

LA JUEZA

ABG. MARIANA APONTE QUINTERO



PARTE DEMANDADA



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA,


ABOG. EGLI MAIRE DUGARTE


En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede siendo las 12:00 minutos de la mañana.



LA SECRETARIA,



ABOG. EGLI MAIRE DUGARTE