REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 20 de Mayo de 2005
195º Y 146º

ACTA TRANSACCIONAL

EXPEDIENTE Nº: LH21-L-2004-000030

PARTE ACTORA: RICHAR EMILIO IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.254.879, de este domicilio.-

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ELIZABETH MALDONADO CAMACHO abogada en ejercicio, domiciliada en Mérida, Estado Mérida, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 41.822

PARTE DEMANDADA: Empresa “V.H. EXPRES C.A.” Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27 de julio de 1.993, bajo el Nro. 7, Tomo A-10


MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

Vista la diligencia de fecha cuatro (04) de Mayo que corre inserta al folio 50 del presente expediente, suscrita por el ciudadano Richar Emilio Ibarra, asistido en este Acto por la abogada en ejercicio Elizabeth Maldonado Camacho por una parte y por la otra el abogado Francisco Rebolledo . Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio, y se ordena remitir el expediente al Archivo Judicial para la guarda y custodia. Cópiese y Publíquese.-

Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los veinte días del mes de mayo de Dos Mil Cinco.

LA JUEZ,
ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO



LA SECRETARIA,

ABOG. EGLI MAIRE DUGARTE


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las diez de la mañana.-



LA SECRETARIA,

ABOG. EGLI MAIRE DUGARTE