REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, 4 de Mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2004-000041
PARTE ACTORA: Rafael Ernesto Cabeza Benavides
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Eloisa Angulo Flores, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.154
PARTE DEMANDADA: Asociación Cooperativa de Producción y Servicios El Frailejonal y Asociación Cooperativa de Producción El Valle de la Piedra de Agua
APODERADOS DE LA PARTE CO-DEMANDADA: MARGARITA SANTIAGO SANTIAGO y MIREYA EUGENIA MENDEZ DE ROMERO, venezolanas, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.023.939, y la abogada Mireya Eugenia Méndez de Romero inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.619.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy, miércoles 04 de mayo de 2005, siendo las dos (2:00) de la tarde día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, previo pregón de ley dado por el alguacil, comparecieron a la misma la parte actora ciudadano Rafael Ernesto Cabeza Benavides, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 8.628551, acompañado con la abogada en ejercicio Eloisa Angulo Flores, en su condición de apoderada judicial, igualmente se encuentra presente el ciudadano ENERIO RAMON SANTIAGO SANTIAGO, en su condición de Presidente de la parte co-demandada (Asociación Cooperativa de Producción y Servicios El Frailejonal), acompañado por las abogadas en ejercicio MARGARITA SANTIAGO SANTIAGO, ya identificados, dándose así inicio a la audiencia. Acto seguido, se le concede el derecho de palabra a la parte co-demandada y concedido como le fue expuso: “En este estado, la representación de la Asociación El Frailejonal, a fin de escuchar los alegatos de la parte demandante, y de las conversaciones surgidas en tres oportunidades en relación de la prórroga de la audiencia preliminar, como quiera que es demandada en una cantidad de dinero por una presunta relación laboral la cual no convalidamos, sin embargo, pero con la intención y único propósito de dar por terminado al procedimiento aquí instaurado hacemos un ofrecimiento por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES, los cuales serán pagados al ciudadano: Rafael Ernesto Cabeza Benavides, suficientemente identificadoen autos, que serán pagados de la siguiente manera: 30 días siguientes al de hoy, la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES, quedando un saldo de DOS MILLONES DE BOLIVARES, los cuales serán pagados de la siguiente manera en un lapso de dos meses, es decir, en cuatro partes por un monto de QUINIENTOS MIL BOLIVARES, cada cuota los día quince y último de cada mes. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte de demandante y concedido como le fue expuso: “Visto el ofrecimiento hecho por la parte demandada acepto el monto ofrecido y sus formas de pago solicitándole al Tribunal homologue la presente transacción y se abstenga de archivar el expediente hasta tanto conste el cumplimiento total por la parte demandante. Es todo”. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA vista la solicitud de las partes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda homologar la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dejando expresa constancia de la entrega de las pruebas consignadas, dándose por terminado el presente juicio, ordenándose el archivo del presente expediente. Expídase copia de la presente decisión. Se levantó acta siendo las tres y cuarenta de la tarde, se prolongan las horas de audiencia.-Es todo terminó se leyó y conformes firman
LA JUEZ,

ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO
LA…

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PARTE ACTORA

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APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

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PARTE CO-DEMANDADA

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CO-APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE CO-DEMANDADA


LA SECRETARIA,

ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO

En la misma fecha se publicó la presente decisión siendo las 3:45 p.m., se prolongan las horas de audiencia y se cumplió con lo ordenado.-

LA SECRETARIA,

ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO





parte patronal
las partes conjuntamente con la Jueza consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el día miércoles cuatro (04) de mayo del año 2005 a las 2:00 pm, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Se levantó acta siendo las cuatro y veinte (04:20 pm) de la tarde.-Es todo terminó se leyó y conformes firman.-


LA JUEZA,


ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO


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PARTE DEMANDANTE



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CO-APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS EL FRAILEJONAL


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APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE CO-DEMANDADA


LA SECRETARIA,


ABOG. EGLI MAIRE DUGARTE DURÁ