TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. El VIGÍA. El Vigía, 17 de mayo de dos mil cinco. (2005) --------------------------------------------------------------------------------------------------
195º y 146º
Visto el acto de convenimiento celebrado por este Tribunal en el día de diecisiete (17) de mayo de 2005, según acta que riela al folio veintidós (22), entre las partes ciudadanos PRADA DE PRADA ROSA ELENA, venezolana, mayor de edad, casada oficios del Hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.615.600 domiciliada en Tucaní vía el Charal casa Nº. 2-89, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida y PRADA GARCÍA NERIO ANTONIO, venezolano mayor de edad casado, obrero, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.065.124, domiciliado en Nueva Bolivia, avenida Tulio Febres Cordero, casa sin número, tres cuadras después de CADELA, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida. Este Tribunal por cuanto dicho convenimiento no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario, beneficia al niño OMITIR NOMBRE, de 4 años de edad años de edad en su orden, por cuanto mantiene la decisión de Reglamentar el régimen de Visita en los siguientes términos cada quince días (15) cualquier familiar de los progenitores buscara al niño el sábado a las ocho de la mañana (8:00 AM) y lo regresará a las seis de la tarde (6:00 PM) del sábado, el domingo día del padre buscarán al niño a las ocho de la mañana y lo regresara a las seis de la tarde (6:00 PM) del mismo día, en el mes de diciembre el padre buscará al niño a las ocho de la mañana (8:00 AM) y lo regresara a las seis de la tarde (6:00 PM) del mismo día, por estas razones este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, HOMOLOGA, dicho convenimiento suscrito entre los ciudadanos arriba señalados, le imparte el carácter de cosa Juzgada y ordena el cierre y archivo del expediente CÚMPLASE-----------------
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDGAR ENRIQUE BRAVO R.
LA SECRETARIA
ABG. NAYARIB MONSALVE U.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA.
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