REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 5 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-003716
ASUNTO : LP01-P-2005-003716


AUTO DE RATIFICACIÓN DE DECISIÓN

Vista la solicitud de entrega de vehículo incoada por el ciudadano ROBERTO SULBARAN MEDINA, asistido de abogado, este Tribunal da por recibidas las misma y le da entrada y el curso de Ley correspondiente, y pasa a decidir , por cuanto observa que fue remitida por este Tribunal la causa con oficio a la Oficina de Tramites Penales en fecha 12 de abril del 2005, para que se pronunciara otro Juez distinto de la misma Instancia de Control, por pedimento del solicitante, correspondiendo al Juez ponente de Control 6, a quien le tocó previa distribución y dicho Tribunal de Control 6, resolvió el reenvió de la causa nuevamente a este Tribunal, para que este Juzgador tome una providencia en este caso, es por lo que resuelve y pasa este Tribunal a RATIFICAR la decisión de fecha 13 de enero del 2005, en cuanto a la negativa de entregar el vehículo Marca Toyota, Placa ADI-69E, Serial de Carrocería 8XA11UJ8019017209, Año 2001, Serial de Motor 1FZ0473255, Color Gris, Clase Camioneta, Tipo: Sport Wagon, Uso Particular, Modelo LAND CRUISER, a que se contrae la investigación que adelanta la fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Mérida y la fiscalía 14° del Área Metropolitana de Caracas ; por cuanto no han variado ni el criterio así como las circunstancias de tiempo, modo y lugar que motivaron a tomar tal decisión. En fuerza de las consideraciones hechas precedentemente, este Tribunal de Control 3 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ratifica en toda y cada una de sus partes tanto en los hechos como en el derecho, por ser improcedente, por ser el mismo vehículo Marca Toyota, Placa ADI-69E, Serial de Carrocería 8XA11UJ8019017209, Año 2001, Serial de Motor 1FZ0473255, Color Gris, Clase Camioneta, Tipo: Sport Wagon, Uso Particular, Modelo LAND CRUISER y solicitante ROBERTO SULBARAN MEDINA en la Resolución de fecha 13 de enero del año 2005, que consta en el expediente de solicitud de entrega de vehículo N° LP01-S-2004-002390, que NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO supra identificado, encontrarse el mismo SOLICITADO, por ante la División Nacional de Vehículos, de Caracas, según causa F-986.226, de fecha 12-09-01, instruido por uno de los delitos contemplados en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.-
Se ordena agregar copia debidamente certificada de la decisión de fecha 13 de enero del año 2005, que consta en el expediente N° LP01-S-2004-002390, a través del sistema Juris 2000 y en el copiador de Decisiones del mes de Enero del 2005, DECISIÒN N° 04 llevado por este Despacho, fallo esté que NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO supra identificado, por encontrarse SOLICITADO, por ante la División Nacional de Vehículos, de Caracas, según causa F-986.226, de fecha 12-09-01, instruido por uno de los delitos contemplados en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, tal y como se señalo.

Notifíquese a las partes de la presente decisión, y se cuerda remitir al archivo la presente solicitud una vez terminada la misma en el lapso legal correspondiente, por cuanto este Tribunal no tiene más diligencias que practicar.-
.


EL JUEZ (T)DE CONTROL N° 03

Abog. CARLOS LUIS MOLINA Z. LA SECRETARIA

Abog. YANIRA LOBO GUILLEN





En esta fecha se libraron notificaciones N°_____________________