REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control No 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 12 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-004543
ASUNTO : LP01-P-2005-004543

Vistos y revisados como han sido los recaudos propuestos por ante éste despacho judicial por el abogado IAD KOTEICHE ATALLAH, en su condición de defensor del imputado REUMANN ANTONIO SANCHEZ, cédula de identidad No 15.175.779 mediante la cual presenta los nombres de los ciudadanos YANIS ALEXANDER MONTILLA, Cédula de Identidad No 15.753.538; JOSE GARCIA RAMIREZ Cédula de Identidad No 17.456.589 y JHOMAR ALEJANDRO MONTILLA a fin de que sirvan de fiadores del antes citado ciudadano Reumann Antonio Sánchez garantizando la comparecencia a los actos procesales, a y responder de cualquier conducta que trasgreda el compromiso de no hacer nugatorio el llamado del tribunal, una vez vistos los anexos, estima el juzgado que las personas referidas cumple con los requisitos de los artículos 258 del código orgánico procesal penal, estos es personas de reconocida buena conducta, responsables, y capacidad económica para atender las obligaciones que obtienen, así como los mismos se encuentran domiciliados en la jurisdicción del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en mérito de lo cual se ACUERDA, admitir a estos y hacerlos comparecer a fin de obligarse mediante acta que deberá ser firmada, con lo que se materializará la libertad condicionada de Reumann Antonio Sánchez. NOTIFIQUESE. CUMPLASE.
EL JUEZ,


ABOG. BRADY ARAMBULO TORRES



LA SECRETARIA,


ABG. MARIA MILAGROS LEON M