REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 30 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-S-2004-006420
ASUNTO : LP01-S-2004-006420
Visto escrito suscrito por el abogado Manuel Fernando Pérez, Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Mérida, en el cual manifiesta que por cuanto la Fiscalía que representa fue comisionada para conocer de la investigación en la que aparece como imputado el ciudadano VALERO RAMIREZ JHONNY, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE en perjuicio de HERNÁNDEZ GUILLEN HENRY ANTONIO, y que considera que la misma está incompleta, motivo por el cual la Fiscalía a su cargo se dispone a realizar diligencias complementarias a los fines de establecer con claridad la verdad de los hechos investigados a fin de garantizar un acto conclusivo ajustado a derecho y en consecuencia que llene los extremos de ley.
Así las cosas, visto el planteamiento presentado por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de acogerse al lapso previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de presentar nuevo acto conclusivo, por considerar que la investigación realizada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Entidad Federal se encuentra incompleta, quién aquí suscribe considera que si el Ministerio Público en este caso es de la opinión que la investigación esta incompleta, y siendo el Ministerio Publico el Director de la investigación penal quién tiene la facultad de presentar la acusación y ampliarla cuando haya lugar a ello tal como lo establece el artículo 108 en sus numerales 1° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y considerando que la Fiscalía Cuarta ha sido comisionada por la Fiscalía General de la República para conocer de la presente causa, a los fines de garantizar el debido proceso lo procedente es DECLARAR CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, de acogerse al plazo establecido en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena remitir la presente causa a la Fiscalía Cuarta a los fines de continuar con la investigación y una vez concluida presente nuevo acto conclusivo. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 5,
ABG. Alida Morella Torcatti Berroterán.
LA SECRETARIA,
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