REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02
El Vigía, 13 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2002-000060
ASUNTO : LL11-P-2002-000060

Por cuanto la abogada Nora Luz Cadenas Villanueva, juez provisorio, se encuentra de reposo médico, la abogada Thais Camacho Luzardo, asume las funciones inherentes al cargo, por el periodo comprendido desde el 04-05-2005 hasta el 31-05-2005, ambas fechas inclusive, en su carácter de juez suplente especial, designada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio N° CJ-01-1945, de fecha 05-12-2001, y previa juramentación por ante la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, según acta N° 14 del Libro de Actas llevados por ese Despacho, de fecha 02-05-2005, se avoca al conocimiento de la presente causa y visto el escrito presentado por la ABG. ILIA ELIZABETH MARQUEZ PINEDA, en su condición de Defensora Pública del penado DAVID SAMUEL GONZALEZ, (folio 82), mediante al cual solicita se decrete a favor de su defendido la fórmula alterna de cumplimiento de pena, referida a Régimen Abierto, este Tribunal previa revisión de las actas que conforman la presente causa, se evidencia que el penado hasta la presente fecha ha cumplido más de 1/3 de la pena que le fue impuesta y en virtud de la decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 08-04-2005, mediante al cual ordena la desaplicación del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región Andina, a los fines de que realicen el informe psicosocial al penado DAVID SAMUEL GONZALEZ, para optar al beneficio de Régimen Abierto, en consecuencia remítase anexo a oficio copia certificada de la sentencia que obra a los folios 64 al 68 y del auto de ejecútese que riela al folio 76 y su vuelto, así mismo ofíciese a la Dirección del Centro Penitenciario a los fines de que remitan a este Tribunal constancia de conducta del penado. Notifíquese al penado del contenido de este auto y hágasele saber que debe presentar ante este Despacho oferta de trabajo. Igualmente notifíquense a la defensa

La Juez de Ejecución N° 02


Abog. Thais Camacho Luzardo

SECRETARIA (O)

ABG,________________