REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución N° 02
El Vigía, 27 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2001-000006
ASUNTO : LL11-P-2001-000006

Vista la solicitud del penado Hebert Gonzalo Zambrano, donde solicita cómputo actualizado de su pena, este Tribunal observa:
PRIMERO: En fecha 25-04-2001 (folios 01 al 09), se dictó sentencia contra el penado Hebert Gonzalo Zambrano, donde la pena a cumplir es de ocho (08) años de presidio, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración, previsto en el artículo 460 del Código Penal, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 82 ejusdem.
SEGUNDO: De la revisión de las actuaciones que integran la presente causa, se evidencia que el referido penado fue detenido en fecha 31 de mayo de 2000, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha (27-05-2005), permaneciendo privado de su libertad por el lapso de cuatro (4) años, once (11) meses y veintiseis (26) días. Así mismo, se evidencia en las actuaciones que se le otorgó una redención por el lapso de un (1) año, dos (2) meses, cinco (5) días y doce (12) horas (folio 53), y en fecha 12-01-2004, se le redimió la pena por el lapso de seis (6) meses y dieciocho (18) días (folios 78 al 81); sumando el tiempo de detención mas las redenciones otorgadas, tenemos que el penado tiene un total de pena cumplida de seis (6) años, ocho (8) meses, diecinueve (19) días y doce (12) horas, faltándole por cumplir un remanente de pena de un (1) año, tres (3) meses, diez (10) días y doce (12) horas, que terminará de cumplir el día 08 septiembre de 2006, a las doce del mediodía.
Decisión: Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de la pena correspondiente al penado Hebert Gonzalo Zambrano.
Notifíquese a la Defensa y al Ministerio Público. Anéxese copias certificadas de la presente decisión a la boleta de notificación del penado, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina. Remítase con oficio copia certificada de la presente decisión a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina. Cúmplase.

La Juez (S) de Ejecución N° 2

Abg. Thais Camacho Luzardo

La Secretaria

Abg. Dulce María Manrique Porras