REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÈRIDA
EXTENSIÒN EL VIGÌA
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución Nº 02
El Vigía, 5 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000229
ASUNTO : LJ11-X-2005-000014
Vista la solicitud realizada por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante oficio MER FS 2005-444, recibida por ante este despacho en fecha 20-04-05, mediante el cual solicita se abra el Procedimiento de Destrucción de Droga, contemplado en las sentencias N° 2464, de fecha 20 de noviembre de 2001, y de su aclaratoria de fecha 21 de Octubre de 2002, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para cuyos efectos anexa el acta de Prueba Anticipada en la causa seguida a JOSE RAMON GARCIA GARRIDO, por la comisión de los delitos contemplados en la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de El Estado Venezolano. En tal sentido, este Juzgado de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se ordena abrir el procedimiento de destrucción de las Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas consistente en un trozo de plástico flexible de colores azul y blanco, anudado con tirro de color beigs, en su interior existen 25 envoltorios elaborados con el mismo material que la anterior, anudado con hilos a manera de cebollita, contentivos de polvo color beigs, CON UN PESO BRUTO DE 07 GRAMOS CON 150 MILIGRAMOS, PARA UN PESO NETO TOTAL DE 04 GRAMOS CON 840 MILIGRAMOS, ROTULADO COMO MUESTRA “A”, y un envoltorio elaborado en plástico flexible transparente contentivo de una sustancia compacta (panela), color verde parduzco y semillas de aspecto globuloso del mismo color, con un peso BRUTO DE 14 GRAMOS CON 320 MILIGRAMOS, PARA UN PESO NETO DE 14 GRAMOS, ROTULADO COMO MUESTRA “B”. En virtud de lo cual este Tribunal ordena notificar al Fiscal Superior del Ministerio Público, y Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público, defensa y expertos. Oficiar a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas, a la Dirección de Drogas y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Seccional El Vigía, informándole sobre la apertura del procedimiento, el cual se llevara a efecto en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Seccional El Vigía Estado Mérida , en un lapso no mayor de quince (15) días, una vez conste en autos las notificaciones respectivas. Líbrense y remítanse los oficios correspondientes. Cúmplase.-
JUEZA SUPLENTE DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. THAIS CAMACHO LUZARDO
SECRETARIA
ABG. DULCE MARÍA MANRIQUE PORRAS