JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dos de mayo de dos mil cinco.
195º y 146º
Visto el escrito de fecha quince de octubre de dos mil tres, que obra al folio 51 del presente expediente, suscrito por la ciudadana ADELA YRENE CHOURIO DE RAMIREZ, en su carácter de parte actora en el proceso, asistida por la abogada en ejercicio ANA RITA SALAS DE MUÑOZ, mediante el cual DESISTE y solicita la homologación, A los fines de este Tribunal pronunciarse en cuanto al desistimiento hecho por la parte actora, procede a verificar las actuaciones procesales contenidas en el expediente, y observa:

I
Que la demanda de fraude procesal, fue presentada para su distribución en fecha dieciséis de junio de dos mil tres, tal y como se evidencia de la nota de secretaria inserta al folio cuatro del expediente.-
II
Al corresponderle dicha demanda a este tribunal, previa distribución la misma fue admitida según auto de fecha ocho de julio de dos mil tres el cual obra a los folios 24 y 25 del expediente, ordenándose la citación de la parte demandada ciudadanos MARIELA DE LOS ANGELES IBARRA FIGUEREDO, LEIDA ROSA MONSALVE TORRES Y MARCELO ANTONIO RAMIREZ, se libraron recaudos de citación y se entregaron a la alguacil del tribunal para hacerlos efectivos, quién los devolvió sin firmar, en fecha once de agosto de dos mil tres se dio por citada la co-demandada Mariela de los Ángeles Ibarra Figueredo, y mediante auto de fecha veinte de agosto de dos mil tres, se ordeno la citación por carteles de los codemandados Marcelo Antonio Ramírez Rivas y Leida Rosa Monsalve Torres, se libró cartel de citación se entregó a la parte actora para su publicación, no habiendo sido publicado el mismo.-


III
En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa dicho DESISTIMIENTO, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio y se archiva el expediente, y así se decide. ----------------------------
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. ANTONINO BALSAMO G



LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. NELLY J. RAMIREZ CARRERO

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