REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SANTA CRUZ DE MORA, DOS DE MAYO DE DOS MIL CINCO

194° Y 146°

Vista la diligencia Presentada en fecha 02 de Mayo de Dos Mil Cinco, por los ciudadanos FREDY NELSON CARRERO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, 1.702.183, asistido por el abogado Fredi García, titular de la cédula de identidad N° 9.084.741, Inpreabogado N° 84.538 y el ciudadano Jorge Daniel Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.574.134, Endosatario en Procuración de Franki José Romero Jiménez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.088.666 en la cual deciden ponerle fin al presente juicio por medio de CONVENIMIENTO, no siendo tal actuación contraria a derecho, y por cuanto versa sobre derechos disponibles. Este JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia Suspéndase la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar dictada por este Tribunal en fecha 22 de Abril de 2005, a tal efecto ofíciese al Registrador Inmobiliario del Municipio Tovar del Estado Mérida, a los fines de estampar la nota marginal correspondiente. Librese Oficio. Se ordena la Unificación del Cuaderno de Medidas al Principal, Corregir la Foliatura y archivase el presente Expediente



LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ENID DEL VALLE RAMIREZ.

LA SECRETARIA TITULAR



ABG. YERIS CARRERO MARQUEZ.


En la misma fecha se libró oficio N° 75-2005 al Registro Inmobiliario del Municipio Tovar del Estado Mérida, y se dejó constancia bajo el N° 152-2005 del libro de Causas llevado por este Juzgado.
LA SECRETARIA TITULAR



ABG. YERIS CARRERO MARQUEZ.