GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, cinco de mayo de dos mil cinco.

195º y 146º


Vista el DESISTIMIENTO celebrado por el Apoderado de la parte demandada ABOGADO CARLOS BALZA VELASQUEZ en el presente juicio, en fecha 04-05-2005, que obra al folio 26 del presente expediente. Este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman el presente Desistimiento, observa que el mismo no vulnera el orden publico, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, se ordena suspender la medida de Embargo Preventivo decretado en fecha 27-10-2004. En consecuencia, el Tribunal ordena el archivo del expediente, y se acuerda agregar a los autos el cuaderno que se formo y los recaudos de citación librados.
LA JUEZ PROVISORIO.

DRA. MARYS XIOMARA ALBARRAN DE OCARIZ


LA SECRETARIA,

Abg. MARITZA LAREZ DE VILORIA


EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO.-

SRIA.

EXPED. Nº 5802.-