REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. Mérida, 10 de Noviembre del año dos mil cinco

195º y 146º

VISTA.- El acta levantada por ante este Tribunal de fecha, 03 de Noviembre del presente año, mediante la cual los ciudadanos: BLANDON PEREZ MARLYN LISBETH Y YANEZ ROMERO FREDDY CANDELARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 16.233.159 y V-15.517.322, domiciliados la Primera en: Residencias domingo Salazar, bloque 2 edf. 4 piso 1 apto. 01-03, Municipio Libertador y el Segundo en: Av. Los próceres, Sector Bella vista, casa s/n Mérida, Quienes convinieron en el caso relacionado con la Fijación del Régimen de Visitas a favor del niño OMITIR NOMBREde dos (02) años de edad, de la siguiente manera: El padre se compromete a buscar a su hijo en la guardería “Mis Chiquilines”, el día viernes por la tarde y deberá entregarlo personalmente a su mama el día domingo a las 03:00.p. m., cuando la madre del niño lo amerite previa comunicación, el padre deberá llevarlo el sábado a la hora convenida. Los días entre semana el padre podrá visitar a su hijo previa comunicación entre ellos, en cuanto a las vacaciones de navidad, carnaval, Semana Santa, Escolares, días feriados, serán en forma equitativa, este Régimen de visitas comenzara a partir del día 04 de Noviembre del presente año. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: BLANDON PEREZ MARLYN LISBETH Y YANEZ ROMERO FREDDY CANDELARIO, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño, DANIEL AUGUSTO YANEZ BLANDON, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo y cierre del expediente.- CÚMPLASE.
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLÉN RAMIREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


LA SRIA.

J M/ 11929