TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA DE JUICIO. Nº 01. Mérida, veintiocho de Noviembre del año dos mil cinco.-


195º y 146º

Vista la diligencia que antecede al presente auto de fecha 23 de Noviembre del año 2005, suscrita por los ciudadanos JOSE ISAAC URDANETA GIL Y ZULEMA DEL VALLE ZABALA DE URDANETA, asistido por el abogado en ejercicio Irving A. Tremont Lukats, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.607, mediante el cual desisten del juicio como del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente Nº 12723, DEMANDANTE: Urdaneta Gil José Isaac y Zabala de Urdaneta Zulema del Valle, Motivo: Divorcio 185-A, Procedencia: PARTICULAR, Fecha de Entrada: 06-10-2005. CÚMPLASE.

LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA
Mj/12723