REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 03. MÉRIDA, OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CINCO.-----------------------------------------------------------

195º Y 146º

Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos BENJAMIN ANTONIO DE LA HOZ NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.252.790, agricultor, domiciliado en Palmarito, Sector San Juan, casa S/n, en la Finca del señor Abraham Rosales, Estado Mérida y MARIA ELENA URIBE CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.394.155, de oficios del hogar, domiciliada en el sector Santa Bárbara, El Chuco, casa S/n, cerca de la Capilla José Gregorio Hernández, en Zea, Estado Mérida, quienes comparecieron por ante la Fiscalía Novena del Ministerio Público para la Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, mediante acta Nº 324, de fecha 15 de julio de 2005, en relación a la Fijación de Régimen de Visitas, a favor del niño OMITIR NOMBRES, de siete meses de nacido, el cual convinieron en los siguientes términos: El padre, “Buscaré a mi hijo en el hogar materno los días sábados a las diez de la mañana (10:00am) y lo retornaré al mismo lugar el mismo día a la cuatro de la tarde (04:00 pm) esto mientras este en la etapa de amamantarlo”. Presente la madre del niño quien expuso estar de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Visitas. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS suscrito por los ciudadanos BENJAMIN ANTONIO DE LA HOZ NIÑO y MARIA ELENA URIBE CAMPOS identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio del niño OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL Nº 03


ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA.

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

Sria.

Exp. Nº 12491.
Cherald.-