REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, catorce de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LH22-L-2004-000001


HOMOLOGACION DE TRANSACCION


EXPEDIENTE Nº: LH22-L-2004-000001

PARTE ACTORA: LEONARDO ALBERTO PAREDES PINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.040.542, de este domicilio.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: SERGIO GUERRERO VILLASMIL abogado en ejercicio, domiciliado en Mérida, Estado Mérida, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.631.

PARTE DEMANDADA: Firma Mercantil (Personal) “TASCA DISCOTECA F.R.”, Registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 09 de febrero de 2000, bajo el Nº 64, Tomo B-1, representada por el ciudadano Fernando Ramírez, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 5.060.020, y de este domicilio.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

Vista la transacción celebrada por las partes intervinientes en este proceso, obrante a los folios 277 al 279 por un monto de Bolívares Cinco Millones Trescientos Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho con Noventa y Ocho Céntimos (Bs. 5.385.488,98). Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio, y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en autos el último pago de la obligación contraída. Cópiese y Publíquese.-

Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los catorce días del mes de noviembre de Dos Mil Cinco.

LA JUEZ,

ABG. MARIANA APONTE QUINTERO



LA SECRETARIA,


ABG. EGLI MAIRE DUGARTE


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las 11:15 a. m.-



LA SECRETARIA,

ABOG. EGLI MAIRE DUGARTE