REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, cuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : LP21-L-2005-000291



ACTA DE MEDIACION



N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2005-000291
PARTE ACTORA: José Audis Márquez Mercado, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.073.201, domiciliado en Santa Cruz de Mora Estado Mérida y hábil.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 70.173, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: Alfredo Rojas Dugarte, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.030.024, de este domiciliado y hábil.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS ORLANDO ANGULO DUGARTE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 48.072.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy,04 de Noviembre de 2005, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció el ciudadano JOSE AUDIS MARQUEZ MERCADO, asistido por la abogada MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida, igualmente se encuentra presente el ciudadano ALFREDO ROJAS DUGARTE, asistido por el abogado en ejercicio JESUS ORLANDO ANGULO DUGARTE, ,parte demandada en la presente causa, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos: En este acto la parte demandada ofrece la cantidad de Bs. 500.000,oo a los fines de dar por terminado el presente procedimiento,.Estando presente el actor, manifiesto que acepta dicha cantidad de dinero en efectivo por el monto por los conceptos señalados en el libelo de demanda. Ambas partes solicitaron se ordené la homologación de la presente transacción, se le imparte el carácter de cosa juzgada, de por terminado el procedimiento y acuerde el archivo del expediente. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada., dá por terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente.



LA JUEZA,




MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO






LA PARTE ACTORA,





JOSE AUDIS MARQUEZ MERCADO,





LA ABOGADA ASISTENTE Y PROCURADORA ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES PARA EL ESTADO MERIDA,




MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ





LA PARTE DEMANDADA,




ALFREDO ROJAS DUGARTE




EL ABOGADO ASISTENTE,


JESUS ORLANDO ANGULO DUGARTE





LA SECRETARIA,





EGLI MAIRE DUGARTE DURAN




En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.


SRIA.