REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, catorce de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: LP21-L-2005-000322
PARTE ACTORA: MARJORI DANIELA DURAN CARNEVALI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.444.728, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ANA ALICIA LEAL MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 69.952.
PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.025.201, de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SENTENCIA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy catorce (14) de noviembre de dos mil cinco 2005, siendo las once de la mañana (11:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARESCENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE: MARJORI DANIELA DURAN CARNEVALI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.444.728, de este domicilio, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146 °.
LA JUEZ,
ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABG. ALIX MARQUEZ
Se publica la presente sentencia siendo las once y quince de la mañana (11.15 a.m).
Scria
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