REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, ocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: LH21-L-2001-000022
PARTE ACTORA: Luis Alberto Guerrero Quintero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.018.640, de este domicilio.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE ANDRADE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 12.316.
PARTE DEMANDADA: MIGUEL MALDONADO MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.031.650, de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN PEDRO QUINTERO Y MARIA LOURDES MONZON, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 8.345 y 96.999
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SENTENCIA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy ocho (08) de noviembre de dos mil cinco 2005, siendo las tres de la tarde (3:00 p.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA DE LA COMPARESCENCIA DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL MALDONADO MALDONADO, a través de sus apoderados judiciales JUAN PEDRO QUINTERO Y MARIA LOURDES MONZON, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 8.345 y 96.999, asi mismo se deja constancia de la INCOMPARESCENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE: Luis Alberto Guerrero Quintero, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146 °.
LA JUEZ,
ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ
LOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. ALIX MARQUEZ
Se publica la presente sentencia siendo las tres y veinte de la tarde (3.20 p.m).
Scria
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