REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. El VIGÍA. El Vigía, veintitrés (23) de noviembre de dos mil cinco.------------------------------------------------------------------------------------

195º y 146º

Vista la diligencia de fecha 18 de noviembre de 2005, inserta al folio 28 del presente expediente, asistida por el Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Undécima de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, la cual manifiesta al Tribunal su voluntad de desistir del presente procedimiento por cuanto la transacción no se va a realizar, a los fines de que el Tribunal provea el cierre y archivo de expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA SALA DE JUICIO EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente Nº 0008 SOLICITANTE: GUTIÉRREZ DE ROA OMAIRA ROSA Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VENDER, Procedencia: Fiscalía Undécima del Ministerio Publico con sede en la ciudad de El Vigía. Fecha de Entrada: 22-11-2004, por cuanto las causas que motivaron dicha solicitud han cesado. CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA

LA SECRETARIA


ABG. NAYARIB MONSALVE U.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRÍA.
Exp. Nº 0008.