REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO EL VIGIA. El Vigía, veintiocho (28) de noviembre de dos mil cinco (2005). ------------------------------------------------------------------------------------
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha 22 de noviembre de 2005, inserta al folio 24 del presente expediente, suscrita por los ciudadanos MARILU TILLERO ZERPA y JOSÉ GREGORIO FUENMAYOR BOHÓRQUEZ, asistidos por la Abogada MAGALI PULIDO GUILLEN, la cual manifiestan al Tribunal que hace aproximadamente tres (03) meses nos reconciliamos, motivo por el cual se ponga fin al presente procedimiento, a los fines de que el Tribunal provea el cierre y archivo de expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero los solicitantes no podrá proponer otra solicitud ante que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente Nº 0733 SOLICITANTES: FUENMAYOR BOHÓRQUEZ JOSÉ GREGORIO y TILLERO ZERPA MARILU. Motivo: SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Procedencia: Particular. Fecha de Entrada: 17-06-2005, por cuanto las causas que motivaron dicha solicitud han cesado. CUMPLASE. ---------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
RAYLIANA C. DUGARTE DUGARTE
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRÍA
Exp. Nº 0733.