REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÀNSITO, EN SEDE CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE AMPARO CONSTITUCIONAL
JUEZ TEMPORAL: YOLIVEY FLORES MUÑOZ
SECRETARIA TEMPORAL: ELOISA ANGULO DE GALUE
PARTE ACCIONANTE: SOCIEDADES MERCANTILES PUEBLO MUSEO LOS ALEROS C.A; ALEXIS Y LA VENEZUELA DE ANTIER C.A, y LA MONTAÑA DE LOS SUEÑOS C.A. empresas estas inscritas por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fechas 27 de abril de 1998, 11 de julio de 1991 y 18 de junio del 2002, en su orden, anotadas bajo los Nros. 65, 32, y 47 respectivamente, Tomos A-18, A-18, y A-09, en su orden.
APODERADA JUDICIAL: LEIRA MATHEUS DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.991.160, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 23.720.
PARTE ACCIONADA: SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE VENEZUELA (SACVEN), sociedad civil sin fines de lucro, inscrita por ante la oficina Subalterna del Tercer circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal, en fecha 25 de mayo de 1955, bajo el Nº 27, folio 154, Tomo 11, Protocolo Primero.
APODERADOS JUDICIALES: GIOVANNI ROSSOMANDO DE LA ROSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.384.586, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.945, HUGO ENRIQUE ORTEGA ATENCIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.473.098, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 48.244, y RHOBERMEN OBERTO PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.835.214, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 58.114, de este domicilio y hábiles.
En el día de hoy, catorce de noviembre de dos mil cinco (2005), siendo las doce del medio día 12.00 m; día y hora fijada para que se lleve a efecto la continuación de la audiencia oral y pública Constitucional de la presente Acción de Amparo Constitucional, de conformidad a lo pautado en el artículo 26 de La Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. El Tribunal, actuando en sede Constitucional. Da inicio a la audiencia, previo el pregón de Ley, dado por la Alguacil a las puertas del Juzgado: Encontrándose presente EL ACCIONANTE a través de su Apoderada Judicial Abg. LEIRA MATHEUS DE ROMERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 23.720. Se encuentra presente LA ACCIONADA a través de sus Apoderados Judiciales Abogados GIOVANNI ROSSOMANDO DE LA ROSA, HUGO ENRIQUE ORTEGA ATENCIO, y RHOBERMEN OBERTO PARADA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 74.945, 48.244, y 58.114 en su orden. El Tribunal deja constancia que se encuentra presente la Fiscal Encargada de la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Mérida, Abg. VILMA KARIBAY MONSALVE ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.031.947, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.761. En este estado, La ciudadana Juez del Tribunal instruye a las partes sobre la forma como se desarrollará la continuación de la audiencia. Acto continuo, se le concedió el derecho de palabra a la parte recurrente para que exponga, quién expuso brevemente un resumen de la conciliación que celebraron las partes, y por cuanto cesó la situación jurídica infringida, en razón del procedimiento del Amparo Constitucional y visto, que las partes llegaron a un acuerdo favorable , desiste de la presente acción de amparo . En este estado, se le concede el derecho de palabra a la parte accionada quien expuso que en virtud de la conciliación que ambas partes llegaron en la presente Acción de Amparo, es por lo que manifiesta, su consentimiento al desistimiento planteado por la recurrente .En este estado, la representación del Ministerio Público como parte de buena fe solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso:” Visto, que el desistimiento esta previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta representación del Ministerio Público como parte de buena fe y garante de los procedimientos judiciales, y en el caso que nos ocupa del procedimiento Constitucional de Amparo no tiene nada que objetar al mismo, solicitando a la ciudadana Juez el cierre y archivo de la presente causa es todo.” . Seguidamente, El Tribunal, visto el desistimiento planteado por la parte accionante y consentido por el accionado, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por no estar inmerso derechos que atenten al orden público ni a las buenas costumbres ESTE TRIBUNAL ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, le imparte el valor de cosa Juzgada y ordena el archivo de la presente acción de Amparo Constitucional una vez que quede firme la presente decisión. Queda concluida la presente Audiencia siendo las 1:30 de la tarde quedando debidamente notificadas las partes, de la decisión. PUBLIQUESE Y COPIESE, DADA, FIRMADA, Y SELLADA EN LA SEDE CONSTITUCIONAL DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Una vez leída el acta, la secretaria dio lectura en voz alta, las partes volvieron a leer por separado, y conformes firman.
JUEZ TEMPORAL
ABG. YOLIVEY FLORES MUÑOZ
APODERADA DE LA PARTE ACCIONANTE
ABG. LEIRA JOSEFINA MATHEUS DE ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACCIONADA
GIOVANNI ROSSOMANDO DE LA ROSA, HUGO ENRIQUE ORTEGA ATENCIO, y RHOBERMEN OBERTO PARADA
FISCAL DECIMO QUNTO DEL MINISTERIO PUBLICO
ABG. VILMA KARIBAY MONSALVE
SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ELOISA ANGULO DE GALUE
En la misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo la una treinta de la tarde y se dejó copias certificadas para la estadística del Tribunal.