REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 3 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-002048
ASUNTO : LP01-P-2005-002048

En virtud de que se recibió causa penal, contentiva de la solicitud de sobreseimiento efectuada por la FISCALÍA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la cual solicita el Sobreseimiento de la causa, fundamentado la misma en el articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal en Funciones de Control Nro. 06, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA y por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado, en la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de FRANCISCO ANTONIO FLORES CONTRERAS, titular de la cedula de identidad número V-11.468.225.
PRIMERO
Nombres y apellidos del imputado: ENCARNACION GONZALEZ RANGEL, titular de la cedula de identidad Nro. V-685.745.

SEGUNDO
NARRATIVA DE HECHOS
Con efecto, la presente averiguación se inicio en fecha 20-04-2.000, por la denuncia interpuesta por la víctima, quien manifestó: “…el vecino de mi casa llegó borracho y comenzó a gritar cosas y a insultarme, así como también lanzó varias piedras para mi casa y todo esto sin ningún motivo…”

De los hechos antes narrados y tal como lo ha esgrimido el Ministerio Publico, no consta en las actas que conforman la causa, otras evidencias u elementos que comprometan la responsabilidad penal de alguna persona, en los hechos antes citados, razones que llevan a quien aquí decide a coincidir con el Ministerio Fiscal a que lo conducente es hacer cesar la causa por no haber lugar a proseguirla y con lo cual se decreta el sobreseimiento de la misma tal como lo prevé el ordinal 1° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: El sobreseimiento de la presente causa con fundamento al artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de ENCARNACION GONZALEZ RANGEL, por la presunta comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de FRANCISCO ANTONIO FLORES CONTRERAS, por considerar quien aquí decide, que se encuentran llenos los extremos legales de dicha norma adjetiva. Y así se decide.

EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06,


ABG. ERNESTO CASTILLO SOTO


LA SECRETARIA,

ABG. ………………………………

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron a las partes boletas de notificación N°: LJ01BOL2005018662, LJ01BOL2005018663 y LJ01BOL2005018664.

Sria.