ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000210
ASUNTO : LP11-P-2005-000210

EJECUTESE DE SENTENCIA SIN DETENIDO

Firme como ha quedado la sentencia dictada por el procedimiento especial admisión de los hechos dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 07-10-05 (folios 65 al 73), según la cual fue sentenciada la ciudadana LUZ ESPERANZA MONROY BLANCO, venezolana, titular de la cédula N° V- 12..356.708, nacida en fecha 23-01-1974, de 31 años de edad, hija de Eutimio Monroy y Miriam Blanco, de oficios del hogar, residenciada en la Barrio San José calle principal al lado de la capilla de El Vigía Estado Mérida, a cumplir la pena de TRES (03) MESES DE ARRESTO, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena el siguiente EJECÚTESE: Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal, para el cómputo respectivo, se observa que el mencionada penada no fue detenida es decir esta fecha en adelante ha permanecido en libertad hasta el momento en que ordena el presente ejecútese es decir en fecha, 07-10-05 fue sentenciada a cumplir la pena de TRES (03) MESES DE ARRESTO, le falta por cumplir TRES (03) MESES DE ARRESTO, Se hace del conocimiento de la penada que podrá solicitar cualquier fórmula alternativa de cumplimiento de pena como La Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena , luego de haber cumplido con los requisitos preceptuados en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscalía XIII del Ministerio Público, a la Defensa. Por cuanto la penada se encuentra en libertad, se ordena su citación para el día 13-01-2006 a las 9:30.a.m. a los fines de imponerla del presente ejecútese. Remítase oficio con copias certificadas de la Sentencia y del Ejecútese al Jefe de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, certifíquense por Secretaria las copias ordenadas, remítase con oficio. Cúmplase.

EL JUEZ DE EJECUCION N° 02

Abg. JESUS ORLANDO RONDON CONTRERAS

LA SECRETARIA