EXP Nº 1972
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
195º Y 146º
SOLICITANTE: PEREZ GUERRERO AURELIANO
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: LIGIA ALVAREZ DE CARRILLO
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
PARTE EXPOSITIVA
Vista la solicitud formulada por el ciudadano AURELIANO PEREZ GUERRERO, venezolano, mayor de edad, viudo, chofer, titular de la cédula de identidad Nº V-7.649.075, domiciliado en la ciudad de Mérida y hábil, asistido por la abogada en ejercicio LIGIA ALVAREZ DE CARRILLO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 36.524, de este domicilio y jurídicamente hábil, ocurre para exponer: que en fecha veintiuno de agosto de dos mil cinco, falleció en esta ciudad de Mérida la ciudadana OLANDA DUGARTE DE PEREZ, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.471.929, según consta del Acta de Defunción Nº 24. La solicitud en referencia se le dio entrada en fecha cuatro de octubre de dos mil cinco, y se remitió original al JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA (DISTRIBUIDOR) a los fines de la evacuación de los
testigos que promoviera la parte solicitante. Con fecha veintiséis de octubre de dos mil cinco, declararon por ante el comisionado los ciudadanos NELSON SAAVEDRA ROSALES, CARLOS ANTONIO RODRIGUEZ RIVERO y ANNY CAROLINA ORTEGA CALDERON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.024.124, V-15.031.598 y V-17.341.310, respectivamente, de este domicilio y hábiles, los cuales tuvieron contestes en afirmar, que conocen de vista, trato y comunicación al ciudadano AURELIANO PEREZ GUERRERO y de igual manera conocieron a su esposa OLANDA DUGARTE DE PEREZ, quien era camarera en el Hospital Universitario de Los Andes y el jubilado de la Policía y domiciliados en la Urbanización J.J Osuna Rodríguez Los Curos de esta ciudad de Mérida, Que saben y les consta que la causante OLANDA DUGARTE DE PEREZ, durante su matrimonio con AURELIANO PEREZ GUERRERO, procrearon cuatro hijos de nombres: OSCAR ALBERTO, JUNIOR AURELIO, JORMAN ALEXIS y HORIANA CORINA PEREZ DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, músicos y estudiantes, todos domiciliados en la ciudad de Mérida y hábiles, Que es cierto y les consta que AURELIANO PEREZ GUERRERO es el cónyuge y OSCAR ALBERTO, JUNIOR AURELIO, JORMAN ALEXIS y HORIANA CORINA PEREZ DUGARTE, son los hijos legítimos de OLANDA DUGARTE DE PEREZ, y por ello son LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante..-----------------------------------------------------------------
Esta declaración el Tribunal la acoge de conformidad con el Art. 508 del Código de Procedimiento Civil y le da todo el valor probatorio. Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante OLANDA DUGARTE DE PEREZ a su esposo ciudadano
AURELIANO PEREZ GUERRERO y a su hijos OSCAR ALBERTO, JUNIOR AURELIO, JORMAN ALEXIS y HORIANA CORINA PEREZ DUGARTE, dejándose a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones legales mencionadas. Se ordena hacer entrega a la parte promovente de la solicitud original. Désele salida.--------------------------------------------------------------------------
COPIESE Y PUBLIQUESE
DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintinueve de noviembre de dos mil cinco. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las once de la mañana
LA SRIA TEMP.
ESCALANTE N.
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