AUDIENCIA DE PRUEBAS:
En horas de despacho del día de hoy, dieciséis de noviembre de dos mil cinco, siendo las diez de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal, para que tenga lugar la audiencia de pruebas en el presente juicio por derecho de permanencia, conforme al auto dictado en fecha 07 de noviembre del presente año. Se anunció el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil de este Tribunal y no estando presentes las partes se declaró abierto el acto. No se encuentran presentes ninguna de las partes, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, el Tribunal así lo hace constar. En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara extinguido el proceso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 234 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece que si ninguna de las partes concurre a la audiencia de pruebas, el proceso se extingue, con los efectos indicados en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. De conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo copia fotostática certificada de la presente decisión. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria Temporal,
Abg. Ana Thais Núñez
Exp. Nº 2839
amf.-
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