REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

TRIBUNAL 1° DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO,
OBISPO JUAN RAMOS DE LORAY CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA


El Vigía, 01 de Noviembre de 2.005.
195° y 146°

Vista el acta que obra a los folios 7 y 8 de este cuaderno de embargo, mediante la cual las partes en este proceso llegaron a un arreglo amistoso a través de una transacción, para poner fin al procedimiento del Expediente N° 2056-05, en donde los abogados HUGO E. ORTEGA Y RHOBERMEN OBERTO PARADA, en nombre y representación de la Empresa CAUCHOS GOMEZ, C. A., demandan a la Empresa MULTICAUCHOS DAZA C. A., en la persona de sus Directores Gerentes ciudadanos JORGE DAVILA Y MAYELA MENDEZ ROA, por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, y de acuerdo con lo solicitado por los abogados demandantes en dicha acta, este Tribunal acuerda conforme lo solicitado.
En consecuencia, este Tribunal a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, el cual expresa: “Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”, procede de conformidad y por consiguiente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se homologa la transacción realizada entre las partes y se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 256 ejusdem.
Se suspende la medida de embargo decretada y ejecutada sobre bienes muebles propiedad de la empresa demandada. Se ordena agregar a este cuaderno el expediente principal anteriormente indicado, asimismo, los recaudos de intimación que fueron librados a la parte demandada. Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente y del cuaderno de secuestro que se formó en este procedimiento. Cúmplase.
LA…
JUEZ,



ABG. CARMEN ELENA RINCON
LA SECRETARIA,



ABG. DAIREE J. MARIN RANGEL