REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, treinta de noviembre de dos mil cinco.-

195° y 146°

Visto el convenimiento de fecha 09 de noviembre de 2005 celebrado entre las partes, demandante y demandado en el presente juicio, el cual riela inserto al folio 13 y vuelto en el cuaderno de embargo, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se suspende la medida de embargo decretada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ PROVISORIO,


Abg. RORAIMA SOLANGE MÉNDEZ DE M.-

EL SECRETARIO,

Abg. JESÚS ALBERTO MONSALVE.-