REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO No 02.
Mérida, Diecisiete de Octubre del año dos mil cinco.



195º y 146º

VISTO: El convenimiento suscrito por los ciudadanos: SUSAN YANINA PEREZ GIL, Peruana, mayor de edad, residente, soltera, comerciante, pasaporte Nº 1221234 domiciliada en la Plaza de Milla, Avenida 6, calle 13 casa s/s, Municipio Libertador del Estado Mérida y JESUS ANTONIO TORRES MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, Playon bajo, casa s/n, Municipio Libertador del Estado Mérida, por ante la Fiscalia Decima Quinta de Protección del Niño el Adolescente y la Familia del Ministerio Público del Estado Mérida. En su condicion de padres y Representantes Legales del niño OMITIR NOMBRE, Venezolano, de un (1) año de edad, a los fines de solicitar la intervencion del despacho en la homologación ante el Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente de la Ciudad de Mérida, REGIMEN DE VISITAS, para su hijo, al respecto la madre, expuso: “el padre de mi hijo ciudadano JESUS ANTONIO podrá tener contacto con el niño, los dias domingos desde las 09:00 de la mañana hasta las seis 06:00 de la tarde, aquellos en que yo trabaje y los dias lunes de 02:00 de la tarde a las 07:30 de la noche. Las vacaciones escolares y de fin de año compartidas, según lo acordado. Presente el padre ciudadano JESUS ANTONIO TORRES MARTINEZ, manifestó estar de acuerdo con todo lo expuesto por la madre de su hijo solicitando la tramitación del presente acuerdo al Organo Jurisdiccional competente. Teniendo esta acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el convenimiento de Fijación de Regimen de Visitas, suscrito por los ciudadanos: SUSAN YANINA PEREZ GIL Y JESUS ANTONIO TORRES MARTINEZ plenamente identificados en autos. A favor del niño OMITIR NOMBRE. Se le dá carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.-----------------------------------------------

LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO No 02

ABG. GLADYS JASPE DE OCANDO.



LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.-
Jv/12499.