TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO Nº 02. Mérida, Veintiuno de Octubre del Año dos mil cinco. Despacho habilitado.

195º y 146º



Vista el acta de fecha Veintiuno de Octubre del año dos mil cinco, suscrita por las ciudadanas: RAMONA DEL ROSARIO GARCIA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 6.554.910, domiciliada en la Avenida Las Americas Residencias Doral Plaza 4to, piso apto 4-A quien es la abuela paterna de la niña OMITIR NOMBRE, de cinco (5) años, quien este Tribunal en fecha 22-04-05 autorizo el viaje de la niña en vista de la situación para el momento y quedando comprometida la abuela y presentar la niña una vez finalizado el permiso otorgado presente en este Tribunal la madre de la niña OMITIR NOMBRE, Venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, domiciliada en la Avenida Bolívar frente a la Plaza Montalban casa Nº 194, Ejido Estado Mérida, quien el Tribunal oriento ya que la misma tiene otro expediente de Régimen de Visita donde las partes pueden organizar. Estando presente la ciudadana Fiscal Novena de Protección Dra. Ivonne Rangel Velásquez, manifestó visto que la niña fue retornada al país en la fecha prevista con el debido respeto se solicita cerrar la presente causa ya que se cumplieron los motivos de la misma. El tribunal de conformidad con el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente oída la opinión de la niña OMITIR NOMBRE, de cinco (5) años, que manifestó que ella quiere estar cinco días con su mamá BLANCA STELA BUSTAMANTE VERONELLI,, por lo que el Tribunal acuerdo que la abuela y la madre en interés de la niña busquen solución su desavenencia y visto lo solicitado por la Fiscal acuerda el Cierre y el Archivo del Expediente. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda el Cierre y el Archivo del Expediente Nº 02588. SOLICITANTE: GARCIA MEDINA RAMONA DEL ROSARIO. MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR. PROCEDENCIA: PARTICULAR. FECHA DE ENTRADA: 15 DE FEBRERO 2005. CÚMPLASE.


LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO Nº 02.

ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO

LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ

Expediente Nº 02588.
Jv.