REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, treinta y uno (31) de Octubre del año dos mil cinco.
195º y 146º
VISTO.- El convenimiento suscrito por la ciudadana: EDIMAR FIDELINA MEZA ORTEGA, soltera, vendedora, mayor de edad, con Cédula de Identidad Nº V-17.238.873, domiciliada en el Sector La Calera, Vía Principal, S/N, cerca de la Cancha Deportiva del Sector, Lagunillas, Estado Mérida, y el ciudadano CARLOS ENRIQUE CERRADA ZERPA, con Cédula de Identidad Nº V-16.655.139, chofer de transporte público, soltero, domiciliado en El Playón, Casa Nº 4-010, entrada al Pasaje Los Abuelos, Vía El Valle, Mérida, Estado Mérida, previa orientación de la Fiscala Novena, se realizo el siguiente acuerdo a favor del niño LUIS ENRIQUE CERRADA MEZA, de dos (02) años de edad: Expuso la madre “Cedo voluntariamente la Guarda Temporal de mi hijo, a favor de su padre, por un lapso de tres meses, tiempo en el que calculo pueda estabilizarme en la ciudad de Caracas, donde comenzaré a trabajar a partir del día sábado (19-03-2005). Expone el padre: Estoy de acuerdo en asumir la Guarda Temporal de mi hijo y en la disposición de que una vez que la madre se encuentre estable, reponerla de la misma”.---- Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño LUIS ENRIQUE CERRADA MEZA, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: EDIMAR FIDELINA MEZA ORTEGA y CARLOS ENRIQUE CERRADA ZERPA, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño LUIS ENRIQUE CERRADA MEZA, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 12606 de Homologación Modificación Voluntaria de Guarda. CÚMPLASE.----------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DÁVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
dms/12606.-