REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, cinco de octubre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LH21-L-2003-000030
ACTA DE DESISTIMIENTO


N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2003-000030
PARTE ACTORA: Ramón Enrique Rivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.790.716, de este domicilio y hábil.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Gladys Maribel Uzcátegui Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 82.231, en su carácter de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: Astrid Gómez de Mora
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy 5 de Octubre de 2005, siendo las 10: 00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.



LA JUEZA


MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO



LA SECRETARIA,

EGLI MAIRE DUGARTE DURAN

En la misma se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.



SRIA.