REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA
Mérida a los once (11) días del mes de octubre de dos mil cinco (2005).
195º de la Independencia y 146º de la Federación.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
ASUNTO PRINCIPAL: Nº LH21-L-2004.000028.
ASUNTO ANTIGUO: Nº 26424
PARTE DEMANDANTE: WILLIAMS MANUEL ALMEIDA Y JOHAN MANUEL PAIVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros 7.951.950 y 14.589.970, domiciliados en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida.
APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: LEIRA JOSEFINA MATHEUS DE ROMERO y ALVES ALONSO GALUE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, abogados, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 23720 Y 25477, domiciliados en esta ciudad de Mérida del Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES DE SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES C.A. inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de noviembre de 1995, bajo el Nº 45, tomo 126-A, y en las personas de sus representantes legales y COORPORACIÓN TELEMIC C.A inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 09 de mayo de 1996, bajo el Nº 26, tomo 181-A, en las personas de sus representantes legales.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALVARO JOSÉ SANDIA BRICEÑO, MARÍA GABRIELA SANDIA ROJAS y LUISA ELENA CALLES JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 2.459.331, 11.951.367 y 3.524.029 respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 4089, 70158 y 10556, domiciliados en la ciudad de Mérida del Estado Mérida.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
ANTECEDENTES PROCESALES
En el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES., incoado por ante el Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por los ciudadanos WILLIAMS MANUEL ALMEIDA Y JOHAN MANUEL PAIVA, recibido en fecha 22 de noviembre por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución quién se avoco al conocimiento de la presente causa, en fecha cinco (05) de abril del año 2005 se da por recibido el presente expediente en el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, fijando la audiencia de juicio oral y pública para el día cuatro (04) de octubre del 2005, compareciendo las partes y sus apoderados, donde los mismos hicieron uso de los medios de Auto Composición Procesal, mediante consignación de escrito de transacción por medio del cual dieron por terminado este procedimiento.
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Por cuanto considera este Jurisdicente, que las partes han cumplido con uno de los requisitos de los Medios de Auto Composición Procesal como lo es la Transacción, consagrado en el articulo 1713 del Código Civil, donde establece los tres presupuestos procesales como lo son: 1) La existencia de un contrato mediante reciprocas concesiones; 2) La finalidad de terminar un litigio; 3) Hay una renuncia de las actuaciones en el proceso, de las partes en el juicio. Hay una expresión de voluntad de mutuo consentimiento, de la norma del Derecho Sustantivo, Ley Orgánica del Trabajo, en el articulo 3 y los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto en este acto han llegado a un acuerdo, es decir a la Transacción, en el sentido de que no se están violentando normas de orden publico, tal como lo establece el articulo 89, 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el cual se han llenado los extremos legales establecidos en el articulo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 6 y 1713 del Código Civil.
En este orden de ideas y cumplidos como han sido en este caso, los extremos legales antes analizados, este Tribunal de Instancia considera procedente en derecho HOMOLOGAR la transacción en este procedimiento, hecha por las partes intervinientes en el proceso e impartirle el carácter de COSA JUZGADA. Así se decide.
PARTE DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio Del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGAR LA TRANSACCIÓN, celebrada por las partes intervinientes en el proceso, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.
SEGUNDO: Se le da a dicha Transacción el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
TERCERO: Se da por concluido el presente proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en Mérida a los once (11) días del mes de octubre del dos mil cinco.-
Año 193° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez,
Abg. ALIRIO OSORIO
La Secretaria.
Abg. Maria Alejandra Gutiérrez.
En la misma fecha, siendo las once (11a.m.) de la mañana se publicó y registró el fallo que antecede.
Sria.
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