REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, 05 de octubre de dos mil cinco (2005)----------------------------------------------------------------------------------------------
195º y 146º
Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha 16 de junio del año dos mil cinco, presentada por los ciudadanos MALDONADO HERNÁNDEZ PEDRO SALVADOR Y DÍAZ FINOL YULEYMA RAQUEL , venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.222.428 y V- 15.357.364, respectivamente, domiciliados, en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, asistidos en este Acto por el Abogado en Ejercicio CASTELLANOS SUÁREZ ALEXANDER, titular de la cédula de identidad Nº V-9.923.780, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.765. El Juez después de haber hecho a los exponentes: MALDONADO HERNÁNDEZ PEDRO SALVADOR Y DÍAZ FINOL YULEYMA RAQUEL, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela a los folios 01 y su vuelto del Expediente Nº 0725, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.
LA SECRETARIA
ABG. NAYARIB MONSALVE U.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.