REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, trece de octubre del año dos mil cinco.-

195° y 146°

Visto el escrito anterior de fecha once (11) de octubre del presente año, suscrito por la ciudadana BRENDA JOSEFINA GARCIA LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.140.432, de este domicilio, asistida en este acto por la abogado MARIA ROBAYO DE BRAVO, parte actora en el proceso, mediante la cual desiste del presente procedimiento y de la acción, visto que la parte demandada en el juicio todavía no ha sido citada del mismo. En consecuencia, de conformidad a lo pautado en los artículos 263 al 266 del Código de Procedimiento ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, impartiéndole al mismo el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.



La Juez Temporal,


Abg. Yolivey Flores Muñoz.
La Secretaria Temporal,


Abg. Eloisa Angulo de Galuè


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede,

La Secretaria Temporal,


Abg. Eloisa Angulo de Galuè