ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2003-000041
ASUNTO : LP11-P-2003-000041

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 04 de Agosto de 2005, donde dicto sentencia de Sobreseimiento de la causa a favor de Victor Manuel Márquez Vivas, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.678.399, residenciado en el sector las invasiones casa s/n el Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 36 de la ley que rige la materia, siendo remitida a este Tribunal la causa, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en a lo establecido en el numeral 05 de la mencionada sentencia, se ordena, la destrucción de una “PIPA”, la cual se encuentra experticiada bajo el N° 9700-230-288de fecha 07-04-03 (folio 26) se oficie al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación El Vigía, a los fines de que procedan al a destrucción de la mencionada pipa lo cual este tribunal fijará por auto separado día y hora. Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de acuerdo a lo previsto en los artículos 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 75, numeral 2 y articulo 76 ordinal 03 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ejecuta la decisión en cuanto a la destrucción de la pipa.
Notifíquese al Ministerio Público. Cúmplase.-

EL Juez de Ejecución N° 02

Abg. Jesús Orlando Rondón Contreras

La Secretaria

Abg.