REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01
Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 03 de octubre de 2.005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: C1 1324-05
JUEZ: MELISA QUIROGA DE SANCHEZ
FISCAL: DECIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO
INVESTIGADO: INFORMACIÓN OMITIDA
VICTIMA: INFORMACIÓN OMITIDA
DEFENSORA PUBLICA: ANA JULIA MORA

AUTO DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL.


ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS OBJETO DE LA INVESTIGACION
El día domingo treinta y uno de marzo del año 2002, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, dejaron estampada en el libro de novedades, la información acerca del hallazgo de un cadáver de una persona de sexo masculino, que en vida respondiera al nombre de INFORMACIÓN OMITIDA. El cadáver fue hallado en la vía pública, entrada principal del Barrio Justo Briceño, Urbanización Carabobo, específicamente diagonal a la vivienda signada con el número 14 y conforme al informe de autopsia forense, inserto al folio veintiséis (26), la muerte del joven fue “consecuencia de shock hipovolemico por hemorragia interna en relación con herida cortante y penetrante al tórax (región infraclavicular derecha)”.--------

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Ahora bien, del análisis y comparación realizado a las presentes actuaciones, esta juzgadora considera que si bien es cierto existe la certeza de la muerte violenta de una persona que en vida respondiera al nombre de INFORMACIÓN OMITIDA, tal y como consta del acta de inspección, inserta al folio dos (2), del informe de autopsia forense (f.26) y del acta de defunción que en copia simple se encuentra inserta al folio treinta y cuatro (34); NO existen suficientes elementos de convicción para que la representante de la vindicta pública ejerza la acción penal, ya que las diligencias de investigación que rielan insertas en autos no producen certeza acerca de la participación del imputado en la comisión del hecho punible. -------------------------------------------------------------
El único testigo que dice haber presenciado los hechos, es INFORMACIÓN OMITIDA (f.39), y éste indicó que la persona que dio muerte a INFORMACIÓN OMITIDA, fue INFORMACIÓN OMITIDA y nunca señala al adolescente imputado, como coautor o participe del hecho. -------------------------------------------
No obstante, se observa en las actas que la Fiscalía del Ministerio Público, en repetidas oportunidades, y con el fin de ampliar su declaración, solicitó a los Cuerpos policiales la ubicación del ciudadano INFORMACIÓN OMITIDA, quien fungía como testigo único del hecho; solicitud que no fue atendida en su oportunidad y que de acuerdo al oficio inserto al folio ochenta y cuatro (84) y al acta de defunción inserta al folio ciento seis (106), ya no podrá ejecutarse toda vez que el testigo ha muerto.----------------------------------------------
DISPOSITIVA
En mérito a lo expuesto, este Tribunal en funciones de control Nº 01, de la Sección de Adolescentes del Circuito judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL A FAVOR DEL CIUDADANO INFORMACIÓN OMITIDA; ya identificado, por cuanto resulta insuficiente lo actuado y no existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción penal, en un todo de conformidad con los artículos 561 literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Regístrese en el libro diario y en la agenda de despacho para que esta causa sea revisada el día 03 de octubre del año 2006, si antes no ha sido solicitada la reapertura de la investigación. Notifíquese a las partes. Cúmplase.- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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LA JUEZA (P) EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01

ABG. MELISA QUIROGA DE SANCHEZ

LA SECRETARIA,

ABG. ARLENIS LARA GALAVIS

En fecha ______________/05, se cumplió con lo acordado por el Tribunal y se libraron boletas de notificación N°_______________/05.